El fallecimiento de un ser querido siempre es un trance por el que nunca quisieramos pasar. Son momentos duros y dolorosos, pero la realidad a veces se impone y tendremos que cumplir con ciertas formalidades legales e ineludibles.
Certificado de defunción. Es el documento oficial que certifica la muerte de una persona en el Registro Civil, a partir del certificado médico suscrito por un facultativo. Permite iniciar los procedimientos legales o administrativos posteriores a la defunción como la consulta de últimas voluntades, tramitación de pensiones, herencias, cuentas bancarias, etc.
Certificados de contratos de seguros de cobertura por fallecido. Con este certificado tendremos constancia de los seguros en los que el difunto figuraba como asegurtado, para poder reclamar lo correspondiente a seguros de vida y accidentes, etc.
Trámites en los registros pertinentes. Una vez realizados los trámites anteriores, tendremos que proceder a actualizar los datos que sobre el fallecido consten en cualquier entidad u organismo (bancos, ayuntamiento, vehículos, etc.).
Certificado de actos de ultima voluntad. Este documento acredita si el fallecido ha dejado testamento y ante que notario, de forma que los herederos puedan acceder a una copia necesaria para cualquier acto relativo a la herencia o sucesión.
La herencia. Al tramitar una herencia se inicia una acción judicial por la cual el fallecido transfiere todos sus bienes y cargas a una o varias personas. El procedimiento que se debe llevar a cabo para tramitar la herencia es complejo y conviene estar bien asesorados con respecto al procedimiento.
En Alonso y Asociados somos expertos en Herencias. Contacte con nosotros. Le asesoraremos a lo largo de este difícil proceso.