Por Derecho de familia se entiende el conjunto de normas jurídicas, que integrantes del Derecho civil, regulan la familia, entendida ésta como institución natural y social, en todos sus aspectos de Derecho Privado.
Este conjunto de normas organizan y regulan las relaciones personales y patrimoniales de los que integran una familia, tanto entre sí como respecto de terceros.
Estas relaciones tienen su origen tanto a partir del matrimonio como por razón del parentesco o por la vida en común con el nacimiento de un hijo.
El Derecho de familia se puede encuadrar en dos puntos fundamentales: