RECLAMAR UNA HERENCIA

RECLAMAR UNA HERENCIA

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Reclamar una herencia implica conocer los aspectos legales entran en juego. Los escenarios pueden ser variados: desconocer si somos herederos, si el fallecido dejó testamento o cómo determinar nuestra parte.

En España, la legislación establece el orden de los familiares con derecho legítimo a la herencia. Normalmente, son los hijos o el cónyuge (o pareja de hecho) del fallecido. Si creemos ser familiares con derecho a heredar, el primer paso es verificar si el fallecido dejó testamento o no. Para ello, debemos acudir al Registro de Últimas Voluntades y, una vez obtenida esa información, solicitar una copia en la notaría.

Ya sea como heredero testamentario o heredero legal, debemos cumplir ciertos requisitos y tener en cuenta plazos y procedimientos específicos, dependiendo de las circunstancias de cada caso. Para que se nos declare herederos de los bienes del fallecido, debemos presentar una petición de herencia, reclamando nuestra parte en el legado que nos corresponde. Esta petición se realiza contra aquellos que poseen los bienes o que son los actuales beneficiarios de la herencia.

El Código Civil estipula que el plazo para reclamar una herencia es de 30 años, especialmente cuando se trata de bienes inmuebles. No obstante, existe una excepción que modifica estos plazos: cuando la reclamación de la herencia se dirige a otros herederos. En tal caso, la acción de reclamación no prescribe, lo que significa que no hay límite de tiempo para solicitar nuestra parte de la herencia, ya sea por testamento o por legítima. Por lo tanto, cuando hablamos de plazos, nos referimos al tiempo en el que el reclamante debe actuar contra aquellos que poseen los bienes que nos corresponden, sin ser ellos mismos herederos.

Si necesitas ayuda, no dudes en contactar con Alonso y Asociados. Somos un equipo multidisciplinar, especialistas en Herencias y Patrimonio.

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