EL CÓNYUGE EN EL TESTAMENTO

EL CÓNYUGE EN EL TESTAMENTO

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La planificación sucesoria es esencial para asegurar que, tras nuestro fallecimiento, nuestra familia esté protegida y nuestros deseos se cumplan. En España, la mayoría no realiza testamentos, lo que deja al cónyuge en una situación financiera complicada si existen descendientes. La ley establece que los herederos forzosos, primero descendientes y luego ascendientes, dividen la herencia en tres partes: la legítima, el tercio de mejora y el tercio de libre disposición.

Cuando fallece un cónyuge sin testamento y existen descendientes, el viudo solo recibe el usufructo de un tercio de la herencia. Los hijos deciden qué parte del patrimonio puede usar. Esto puede poner al cónyuge en una situación económica difícil.

Para evitar esto, es crucial planificar la sucesión. En un ejemplo, si un matrimonio tiene propiedades y activos financieros, el cónyuge viudo recibe solo el usufructo del tercio de mejora. Hacer un testamento permite otorgarle un escenario mejor. Se puede dar el usufructo universal del 100% del patrimonio o el tercio de libre disposición más el usufructo del tercio de mejora.

La planificación sucesoria implica decidir qué parte del patrimonio se asigna a cada tercio, teniendo en cuenta la necesidad de liquidez y las opciones permitidas por el usufructo. Cuando el cónyuge fallece, la situación es similar, pero el valor del usufructo varía.

No tomar decisiones a tiempo puede dejar al cónyuge en una situación económica más frágil de la deseada. Siempre es recomendable buscar asesoramiento legal para garantizar que reciba la herencia de acuerdo a los deseos del fallecido, de ahí la importancia de hacer una buena planificación sucesoria. Si necesitas ayuda, no dudes en contactar con Alonso y Asociados. Somos un equipo multidisciplinar, especialistas en Derecho Sucesorio.

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