DONACIÓN frente a HERENCIA

DONACIÓN frente a HERENCIA

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La elección entre donar y heredar es una decisión importante que debemos tomar en determinado momento de nuestra vida respecto a nuestros bienes y propiedades. Aunque la opción más común es la herencia, en los últimos tiempos ha habido un aumento en el número de donaciones.

Las donaciones son acuerdos voluntarios en los que una persona cede un bien a otra. A diferencia de la herencia, estas transferencias ocurren mientras el donante está vivo. La donación puede abarcar bienes inmuebles, bienes muebles o derechos, siempre y cuando el donante tenga disposición sobre ellos al momento de hacer la donación. No se pueden realizar donaciones sobre bienes futuros, es decir, aquellos sobre los cuales el donante no puede disponer en el momento de la donación.

Una característica relevante de las donaciones es su implicación tributaria. El receptor de una donación debe pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, así como, en el caso de recibir bienes inmuebles, hacerse cargo de la Plusvalía Municipal, un impuesto que varía según el municipio.

En cuanto a los bienes inmuebles, el donante debe declarar en su declaración de la renta un beneficio patrimonial derivado de la diferencia entre el valor del inmueble al adquirirlo y el valor al donarlo. Es decir, el donante debe declarar el IRPF por la ganancia obtenida del bien donado, similar a si lo hubiera vendido, aunque existe una excepción para donaciones de propiedades a personas mayores de 65 años, que no están obligadas a declarar esa ganancia en el IRPF.

La elección entre donar o heredar dependerá de las circunstancias específicas de cada caso, considerando aspectos tanto fiscales como familiares o personales. Si necesitas ayuda, no dudes en contactar con Alonso y Asociados. Somos un equipo multidisciplinar, especialistas en Derecho Patrimonial.

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