Cuando nos referimos a delitos informáticos, hablamos de acciones ilegales llevadas a cabo a través de medios digitales, estrechamente vinculadas a los bienes jurídicos relacionados con la tecnología de la información. Estos delitos tienen como objetivo dañar o destruir sistemas informáticos, dispositivos electrónicos y redes de internet.
Es importante comprender que la informática y la tecnología abarcan una amplia gama de actividades delictivas. Los delitos informáticos se pueden clasificar de acuerdo a la forma en que se cometen o la tecnología utilizada, así como por las pruebas necesarias para investigar y enjuiciarlos.
Desde una perspectiva criminológica, los delitos informáticos se caracterizan por su persistencia debido a la repetición y automatismo de los actos, su alta lesividad, las dificultades para su detección y comprobación, el alto volumen de casos no reportados, su mayor frecuencia, diversidad y peligrosidad, así como su naturaleza transfronteriza y distanciamiento espacio-temporal.
El Código Penal contempla numerosos delitos cuya investigación requiere de conocimientos en informática forense. La mayoría de los delitos de cierta complejidad actualmente implican el uso de dispositivos electrónicos, como mínimo los smartphones, y requieren habilidades para investigar y analizar pruebas digitales generadas en los mismos.
En la legislación actual están tipificados varios delitos informáticos, entre los que se encuentran la utilización de menores con fines pornográficos, la revelación de secretos o vulneración de la intimidad, la divulgación de secretos ajenos, las estafas informáticas, los daños a la propiedad intelectual o el espionaje.
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